Actos inscribibles a través del “SID SUNARP”

por | May 20, 2020 | Artículos | 0 Comentarios

AUTOR: EDGARD RAMIREZ RIOS

 

El Sistema de Intermediación Digital de los Registros Públicos “SID SUNARP”, es una Plataforma de Servicios de SUNARP que permite la tramitación e inscripción electrónica en línea de actos jurídicos emitidos por Notario Público con firma digital, evitando de esta forma el uso del papel en el procedimiento registral, la posibilidad de fraude documentario y la dilación de los trámites internos.

Esta plataforma digital se ha venido implementado gradualmente en el tiempo desde su creación en el año 2015, pues inicialmente posibilitaba la inscripción electrónica de actos jurídicos relativos a constituciones de empresas (MYPE), pero poco a poco ha ido ampliando su campo de acción y ahora permite la inscripción de otros actos jurídicos tales como sucesiones intestadas, mandatos o poderes, compra venta, entre otros; no obstante ello se encontraba limitado a la inscripción de ciertos actos jurídicos.

En este sentido, atendiendo al Estado de Emergencia Sanitaria que rige en nuestro país por la pandemia del Coronavirus – Covid19 y, con el propósito de evitar aglomeraciones de las personas que puedan visitar las distintas sedes registrales en el país y con ello propiciar la posibilidad de contagios masivos con el virus; la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos mediante Resolución No. 046-2020-SUNARP/SN de fecha 07-05-2020, ha dispuesto como medio alternativo de la presentación de títulos en soporte de papel, entre otros la ampliación del uso SID SUNARP para los trámites e inscripción electrónica de actos jurídicos con firma digital de Notario Público relativos a Constitución de Hipotecas, Constitución de Asociaciones, Separación de Patrimonios, Sustitución de Régimen Patrimonial, Separación Convencional y Divorcio Ulterior.

Esta nueva disposición de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, facilitará a que los usuarios una vez que las notarías reanuden sus labores, puedan tramitar e inscribir los actos jurídicos ya mencionados de forma electrónica a través de la Plataforma SID SUNARP, claro ésta que dichos actos jurídicos deberán constar con firma digital del Notario Público correspondiente; constituyendo este hecho un beneficio de relevancia en el contexto de la emergencia sanitaria que aqueja no sólo al país sino a todo el mundo.

Finalmente es preciso indicar que, con esta nueva ampliación del uso de SID SUNARP, actualmente se pueden tramitar e inscribir los siguientes actos:

a) Constitución de empresas.
b) Constitución de Asociaciones.
c) Otorgamiento de Poderes en el Registro de Personas Naturales.
d) Compra Venta Vehicular.
e) Transferencia de Predios (hasta 04 predios en una oficina registral).
f) Donación.
g) Dación en Pago.
h) Anticipo de Legitima.
i) Permuta.
j) Constitución de Hipotecas.
k) Sucesiones Intestadas.
l) Separación de Patrimonios.
m) Sustitución de Régimen Patrimonial.
n) Separación Convencional y Divorcio Ulterior.